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Disculpas por la identificación con su nombre de un policía en una noticia relacionada con el posible incumplimiento en la lista de IU Calahorra

La dirección de este medio reconoce el error de haber identificado a un policía por su nombre. Pedimos disculpas, por tanto, por los mismos medios por los que se difundió el nombre. En ningún caso se pretendió identificar a este funcionario, evitándose, de facto, la inclusión de la fotografía con la que formación política acompañó a la candidatura. Igualmente, el nombre de esta persona fue retirado de la noticia.

Tras esto, mantenemos que la candidatura para las municipales de IU Calahorra podría incumplir la ley electoral. puesto que un candidato, cuya inicial del nombre es “I”, que figura en la lista electoral de Izquierda Unida para las elecciones municipales de Calahorra, según hemos podido conocer, sería un policía de Calahorra.

Este hecho podría conllevar la anulación de este candidato por la junta electoral ya que, según establece la LOREG, Ley Orgánica de Régimen Electoral General, en su artículo sexto, son inelegibles; es decir, no pueden ser candidatos en elecciones municipales, autonómicas, generales… entre otros, “Los militares profesionales y de complemento y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía, en activo”.

Más exactamente:

Según lo dispuesto en la LOREG, Ley Orgánica de Régimen Electoral General , en su artículo 6.1
Son elegibles los españoles mayores de edad, que poseyendo la cualidad de elector, no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad:
i) Los militares profesionales y de complemento y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía, en activo.

Mientras que, en lo referente a qué se entiende en la ley por “Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”, a tenor de lo dispuesto en la Ley Orgánica de 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se definen como Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (artículo dos)
a) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la Nación.
b) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.
c) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.

Con todo ello, el próximo jueves, 2 de mayo, se publicarán las listas definitivas en la que, entendemos, la Junta Electoral podría declarar la inelegibilidad de este candidato y un suplente deberá incorporarse a la lista.